¿Cuándo participo, en un remate de otros acreedores que no son mutuales, con el 50% de la base, ¿Cuánto tiempo tengo para cancelar el restante ofertado?
"De acuerdo con el Artículo 23 de la Ley 8624, se establece que el postor debe realizar un depósito del 50% (50%) de la base, ya sea en efectivo mediante un entero bancario, a la orden del tribunal, o mediante un cheque certificado de un banco costarricense. Además, el postor debe indicar un medio para recibir notificaciones.
En el caso de que el comprador no complete el pago total de la oferta durante el acto de la subasta, se le requerirá realizar el depósito del monto total de su oferta dentro de los tres días hábiles siguientes. En caso de no cumplir con este requisito, la subasta se declarará insubsistente."